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El monto que le puedo transferir a un familiar sin declarar en 2025

El Gobierno determinó los nuevos montos que se pueden transferir por mes sin que el banco o billetera virtual le informa a ARCA

08/07/2025 – 08:18hs

A la hora de hacer una transferencia, las personas solían prestarle mucha atención a los montos máximos informados por ARCA. Esta información era trascendental, especialmente en el caso de personas sin ingresos declarados u operaciones informales, como las transferencias entre familiares.

Sin embargo, recientemente, el Gobierno amplió los montos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar a ARCA. El objetivo de la medida fue flexibilizar las transacciones y formalizar los ahorros de los ciudadanos, es decir, que las personas utilicen los dólares que tienen «bajo el colchón«.

Los montos que se pueden transferir a un familiar sin declarar

En el mes de julio, los umbrales máximos por los que se puede realizar una transferencia a un familiar sin declarar se rigen por la última actualización. Esta elevó los $2.000.000 anteriores para billeteras virtuales a los $50.000.000 para personas físicas.

Asimismo, el tope de $1.000.000 que regía para las transferencias bancarias se elevó a $50.000.000 también para este grupo. Por lo tanto, en la práctica, ARCA no controlará las transferencias entre familiares, excepto que se superen estos umbrales.

En cuanto al resto de operaciones, se modificaron de la siguiente forma:

  • Saldo último día del mes: el valor máximo que se podía tener de saldo al último día del mes sin tener ingresos declarados y/o consistentes era de entre $700.000 y $1.000.000 (dependiendo del tipo de cuenta), pero, a partir de junio de 2025, el monto que rige es de $50.000.000 para personas físicas
  • Plazos Fijos: el valor máximo que las personas sin justificativos podían tener como plazos fijos era de $1.000.000, pero a partir de ahora se elevó a $100.000.000 para personas físicas
  • Extracciones en efectivo: la normativa anterior pedía a las entidades financieras que informaran desde cualquier monto, pero, con el cambio de normativa, se informará a ARCA a partir de los $10.000.000 para personas físicas
  • Tenencias en sociedades de bolsa: anteriormente se informaban todos los montos, pero actualmente es de $100.000.000, en el caso de personas físicas

Cuáles son las operaciones permitidas dentro de las nuevas limitaciones de ARCA

Debido a que algunos montos no quedaban claros, el ministro de economía, Luis Caputo, mencionó que todos los límites comunicados son mensuales y por persona. Por ende, cualquier persona puede gastar hasta $50.000.000 por mes en activos que no sean registrables.

Por ejemplo, una computadora, indumentaria, entre otras alternativas, como también en operaciones informales sin que ARCA se entere de esos consumos, como puede ser pasarle dinero a un familiar. Por lo tanto, las operaciones de bienes registrables no se encuentran exentas de riesgos hasta el Congreso Nacional no apruebe la ley de «blindaje«.

Además, también debe modificarse la Ley Penal Cambiaria, como también la Ley de Procedimiento Tributario, en la cual se elevarán los montos mínimos para los delitos de «evasión simple» y la de «evasión agravada«.

A la vez, se acortarán los plazos de prescripción, por lo que el fisco tendrá menos tiempo para reclamar por eventuales incumplimientos.

Cuáles son los aspectos que se debe tener en cuenta al hacer una transferencia entre familiares

Al momento de hacer una transferencia, se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • No transferir montos que excedan el tope permitido: es fundamental conocer los montos permitidos, ya sea por el banco o por billeteras virtuales, ya que, si bien los valores por los que ARCA no pude justificativo son los anteriormente descriptos, puede haber límites diarios de operación por parte de las entidades
  • No exceder el monto máximo sin declarar: las transferencias que se realicen con billeteras virtuales no deben superar los montos límite sin respaldos en los ingresos previamente declarados
  • No poder justificar los fondos de las cuentas bancarias o billeteras virtuales: las operaciones siempre deben estar respaldadas, incluso si son transferencias entre cuentas propias. En caso de no contar con justificación, el banco puede informar las operaciones y ARCA podrá solicitar documentación que pruebe el origen legal de los fondos.
  • No responder a las solicitudes del banco o empresa de billetera virtual: en el caso de que el banco solicite documentación para justificar el origen de los fondos, es importante no tener demoras para evitar el Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIA)

Sin embargo, con los nuevos montos definidos y la nueva política de ARCA, es muy poco probable que las personas deban presentar documentación adicional si operan dentro de esos parámetros.

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