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VTV: patente por patente, en qué fecha vence la verificación

Los plazos para realizar el trámite y las fechas en las que vencen los plazos.

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un trámite obligatorio que deben pasar los vehículos en Argentina para garantizar que cumplan con los requisitos de seguridad. Su objetivo es reducir accidentes, pero para que esto suceda, llevan a cabo una inspección general del coche, verificando, entre otras cosas, frenos y luces.

Hay varias razones por las que la VTV puede no ser aprobada. Si el vehículo no está en condiciones adecuadas o algunos de sus componentes no cumplen con los requisitos, el trámite no se va a conceder. En esos casos, será necesario arreglar lo que no esté funcionando bien y luego volver a hacer la verificación.

Las fechas en las que vence la VTV

La VTV debe llevarse a cabo de manera anual, según lo establece el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA). Para organizar los turnos, el vencimiento está determinado por el último número de la patente del vehículo:

  • Patente terminada en 0: Vence el 31 de octubre
  • Patente terminada en 1: Vence el 30 de noviembre
  • Patente terminada en 2: Vence el 28 de febrero
  • Patente terminada en 3: Vence el 31 de marzo
  • Patente terminada en 4: Vence el 30 de abril
  • Patente terminada en 5: Vence el 31 de mayo
  • Patente terminada en 6: Vence el 30 de junio
  • Patente terminada en 7: Vence el 31 de julio
  • Patente terminada en 8: Vence el 31 de agosto
  • Patente terminada en 9: Vence el 30 de septiembre

Los momentos en los que se debe realizar la VTV

Los autos y motos cero kilómetro tienen un plazo específico antes de realizar su primera VTV. Según lo dispuesto por el GCBA:

  • Automóviles: Están exentos de la VTV durante los primeros tres años desde su patentamiento o hasta alcanzar los 60.000 km recorridos, lo que ocurre primero.
  • Motos: Deben realizar la VTV antes de cumplir un año de antigüedad, sin importar el kilometraje.

Los conductores exentos de la VTV

Existen ciertos grupos que pueden realizar la VTV sin costo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos:

  • Jubilados, pensionados y mayores de 65 años:

    • Deben percibir ingresos iguales o menores al haber mínimo jubilatorio.
    • El vehículo debe tener un valor inferior al mínimo establecido para el pago del impuesto a la radicación de vehículos en la Ciudad.
  • Personas con discapacidad:

    • Aplica tanto para vehículos con adaptaciones especiales como para aquellos que no las tienen.
    • Si son propietarios de más de un vehículo, la exención cubre únicamente uno de ellos.

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